Usted está aquí: viernes 18 de mayo de 2007 Política Ratifica IFAI reserva por 12 años de los documentos sobre extradición de capos

La difusión podría afectar los juicios que se siguen en Estados Unidos, informa

Ratifica IFAI reserva por 12 años de los documentos sobre extradición de capos

Valida la respuesta de Presidencia de que Fox y su esposa no sacaron obras de arte

ELIZABETH VELASCO C.

Ante el riesgo de que pudiera afectarse la relación entre México y Estados Unidos, el pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) ratificó la confidencialidad que por 12 años determinó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) sobre la documentación que presentó el país vecino del norte para la extradición de nueve capos de la droga.

Se trata de los narcotraficantes Osiel Cárdenas Guillén, Héctor Luis Palma Salazar, Gilberto Higuera Guerrero, Ismael Higuera Guerrero, Gilberto Salinas Doria, José Alberto Márquez Esqueda, Gracielo Gardea Carrasco, Miguel Angel Arriola Márquez y Saúl Saucedo Chaides, cuyos procedimientos judiciales siguen su curso en Estados Unidos.

Además, el pleno del IFAI validó la respuesta de la Presidencia de la República la cual declaró formalmente no contar con algún documento (inventario o bitácora) que consigne que Vicente Fox y su esposa Marta Sahagún hayan sacado bienes muebles y/o obras de arte de Los Pinos, tras dejar la residencia presidencial en noviembre pasado.

El comisionado Juan Pablo Guerrero, ponente de la resolución 844/07, que reserva la información sobre los capos, expuso al pleno del IFAI que la documentación para solicitar la extradición de los nueve dirigentes del narcotráfico fue entregada por el gobierno de Washington al de México con carácter "confidencial", y debido a que los procedimientos judiciales aún no concluyen en Estados Unidos, cualquier difusión sobre los trámites de extradición podrían afectar esos juicios.

En dicha resolución se consigna que en audiencia efectuada entre el comisionado Juan Pablo Guerrero y funcionarios de Relaciones Exteriores (entre ellos el consultor jurídico y la directora general de Asuntos Jurídicos), estos destacaron que la información está clasificada desde el año 2003, por varias razones. Entre ellas, que la solicitud de extradición contiene información "que alertaría a los grupos de la delincuencia organizada o a delincuentes que se han sustraído de la acción de la justicia, con lo cual el instrumento legal de la extradición perdería su eficacia en función de evitar la impunidad y la aplicación estricta de la justicia. Y por otra parte alertaría a los delincuentes sobre los procedimientos y estrategias que se siguen en sus procesos, con lo cual se llegaría a conculcar la acción persecutora y de justicia".

Esto, además de que se han signado tratados de extradición con varios países, entre ellos Estados Unidos, además de la Convención de Viena, que establecen "la inviolabilidad" de la información contenida en los archivos de las embajadas.

De la resolución 435/07 de la Presidencia, propuesta por el comisionado Alonso Lujambio, se desprende que en audiencia celebrada entre éste y el representante del Comité de Información del Ejecutivo, sólo se presentaron documentos de los enseres personales que retiró de Los Pinos la pareja presidencial (televisores, minicomponentes, refrigerador y otros). La Presidencia también declaró de manera formal la inexistencia de documentos que consignen la salida de obras de arte y otros bienes muebles que pertenecen a Los Pinos.

 
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