Usted está aquí: martes 6 de marzo de 2007 Política Ausencia de Ortiz Mayagoitia impidió a la Corte decidir sobre amparos a militares

Dirigió Mariano Azuela la sesión y cuestionó forma de trabajo del ministro presidente

Ausencia de Ortiz Mayagoitia impidió a la Corte decidir sobre amparos a militares

Tras un empate en la votación, el pleno pospone para hoy dictar jurisprudencia al respecto

JESUS ARANDA

Ampliar la imagen El magistrado Genaro David Góngora Pimentel estudia el caso de los militares infectados con VIH, durante la sesión de ayer de la SCJN Foto: Víctor Camacho

La ausencia del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, impidió ayer que el pleno determinara la constitucionalidad del artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM), por lo que será hasta hoy cuando se integre la jurisprudencia referente a la inconstitucionalidad del artículo 226, fracción 45, de dicha ley que prevé la baja por inutilidad, en actos fuera de servicio, de los militares con VIH.

En su lugar dirigió el debate el ex presidente de la SCJN Mariano Azuela, quien aprovechó para cuestionar abiertamente la forma de trabajo de Ortiz Mayagoitia, al grado de que en forma inédita el pleno no votó el acta de la sesión anterior, siendo que éste es un mero trámite.

Cuando los ministros votaron la constitucionalidad del artículo 152 de la Ley del ISSFAM, el cual precisa que sólo tienen derecho a recibir atención médica y medicamentos los militares y marinos que estén en activo o en situación de retiro, dejando sin prestaciones a los que fueron dados de baja, el resultado fue un empate de cinco votos.

El pleno resolvió entonces comenzar el análisis de un amparo en contra del artículo 226, numeral 45, de la citada ley, que no había sido tomado en cuenta entre los 11 asuntos que enlistó la Corte relacionados con la baja del servicio de las armas por el contagio del VIH.

Juan N. Silva Meza explicó que se trata del asunto 196/2005, en el que, al igual que en un caso en el que se le concedió el amparo a un militar fallecido por la misma causa, el demandante murió el 24 de enero pasado a causa de "neumonía por deficiencia de inmunidad celular".

Explicó que el asunto se había turnado a la primera sala de la SCJN, en razón de que había recibido una notificación de la Dirección de Justicia Militar en la que se pedía el sobreseimiento del asunto, porque en su calidad de teniente auxiliar de materiales de guerra había recibido la totalidad de los emolumentos que le correspondían de acuerdo a su grado y especialidad; no obstante que se encontraba en su domicilio particular sin desempeñar actividades castrenses por prescripción médica; además de que en todo momento recibió atención médica y medicinas, y su muerte ocurrió en el Hospital Central Militar.

Pero después de que los ministros concedieron la semana pasada un amparo a un soldado que ya había fallecido, Silva Meza solicitó de inmediato que el asunto se turnara al pleno con el fin de que la Corte fijara jurisprudencia, porque el quejoso no sólo impugnó el artículo 226, numeral 45, sino también el oficio por el cual fue dado de baja por el alto mando. Aunque, precisó Silva Meza, continuó recibiendo atención médica militar, porque tenía en su favor una suspensión hasta que el amparo se resolviera en definitiva.

Al darse cuenta de que sin la presencia de Ortiz Mayagoitia no se reunirían los ocho votos necesarios para integrar jurisprudencia, el pleno resolvió esperar a la sesión de este martes, aunque trascendió que ayer el ministro presidente reiteró su compromiso de votar en favor del amparo.

Por otra parte, Azuela Güitrón no perdió la oportunidad para cuestionar la forma de trabajo de su sucesor, al comentar: "he advertido que a diferencia de lo que antes sucedía, que las actas eran muy escuetas y fundamentalmente destacaban lo más importante, hoy se aproximan mucho a las versiones taquigráficas". Terminó por proponer que mejor se dejara la votación del acta para cuando el ministro presidente estuviera presente, para tomar "un acuerdo sobre el particular".

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.