Usted está aquí: martes 27 de febrero de 2007 Política Inaplazable, fijar los criterios para difundir información del gobierno

Analizan expertos posibles cambios constitucionales

Inaplazable, fijar los criterios para difundir información del gobierno

ELIZABETH VELASCO C.

La iniciativa de reforma al artículo sexto constitucional es de amplio espectro, pues contempla a todos los poderes de la Unión, en los tres niveles de gobierno, para establecer como principio general adecuado la máxima publicidad de la información gubernamental, la prueba del daño y los criterios de acceso.

Esto significa que cualquier organismo o entidad de gobierno, ya sea federal, estatal e inclusive municipal, tendrán la obligación de difundir la información en su poder.

A la anterior evaluación llegaron los expertos en derecho y acceso a la información Juan Francisco Escobedo, Mauricio Merino, Eduardo Bohórquez, José Buendía, Miguel Carbonel y otros académicos de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), tras analizar el dictamen de esa iniciativa que se debatirá en el actual periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión.

Durante la presentación de la evaluación referida, auspiciada por el Centro de Estudios Espinosa Yglesias, los panelistas advirtieron no obstante que la ''redacción requiere ajustes importantes''. En particular, asientan, ''la exposición de motivos requiere de un replanteamiento y la inclusión de elementos básicos de interpretación. La definición de datos personales parece incluirlos todos en información confidencial, lo cual es equivocado''. Sobre ese aspecto, los juristas abundan que esa iniciativa de ley, presentada en diciembre pasado al Congreso por cinco gobernadores, ''no distingue entre información personal e información confidencial, de modo que puede alegarse un argumento de confidencialidad para rechazar cualquier solicitud que requiera datos personales''.

Por tanto, coinciden en afirmar que es necesario precisar ese punto de la iniciativa que este miércoles se dará a conocer de manera íntegra en la Cámara de Diputados, y cuyos elementos anticipan los especialistas. Inclusive, algunos panelistas plantean que para evitar un margen de interpretación jurídica demasiado amplio sobre la confidencialidad, es necesario ''incluir como fundamental el derecho a la privacidad con el detenimiento necesario''. Y si bien la mayoría se manifestó por proteger ese derecho, también considera necesario ''regularlo en una ley reglamentaria'', no así en la Constitución.

Para los especialistas, ''la prioridad debe ser quitarle el carácter confidencial a todo dato personal, junto con la consideración de que el derecho a la privacidad es fundamental y debe supeditarse a otros fines sólo por causa de interés público''.

 
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