Usted está aquí: viernes 16 de febrero de 2007 Política Incongruencia, que un presidente no sea sujeto de responsabilidad política

Sólo puede juzgársele por traición a la patria: González Oropeza

Incongruencia, que un presidente no sea sujeto de responsabilidad política

ALONSO URRUTIA

Ampliar la imagen El magistrado del tribunal electoral Manuel González Oropeza. Imagen de archivo Foto: Notimex

El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Manuel González Oropeza señaló que no es admisible en la actualidad que el presidente de la República no se haga responsable políticamente de sus acciones y, por tanto, no pueda ser sometido a juicio político. Es el único funcionario que no puede estar sujeto a ello, razón por la cual consideró necesario incorporar esta previsión legal.

A su vez, el consejero electoral del IFE Marco Antonio Gómez Alcántar se refirió al tema de las campañas e hizo énfasis en la necesaria neutralidad de los funcionarios públicos, en alusión al activismo de Vicente Fox Quesada, destacando que no debería ser el Instituto Federal Electoral la instancia a la que correspondiera controlar el activismo político de los funcionarios.

Al continuar los trabajos del seminario Constitución, democracia y elecciones, subrayó que las indefiniciones legales que existen en torno a ello debieran terminarse mediante reformas que dejaran en claro qué otras instancias tendrían que sancionar su falta de neutralidad, con base en la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios.

''Sobre todo -dijo- en el caso del presidente, que hoy sólo puede ser juzgado durante su encargo por traición a la patria''. Esta reforma debería complementarse con otras acciones que garantizaran la neutralidad gubernamental en el proceso electoral, tales como la prohibición de mensajes de obra y difusión personal en el año que se realice la elección. ''Recordemos que en el Presupuesto de Egresos de 2006 se aprobaron cerca de 3 mil millones de pesos al gobierno de Fox para la difusión de obra pública en año electoral''.

Durante su intervención González Oropeza hizo alusión a las responsabilidades políticas que tiene un presidente y destacó la incongruencia de que no sea sujeto de responsabilidades políticas.

González Oropeza se refirió al anacronismo de la ceremonia de toma de protesta ante el Congreso, misma que tenía efecto en ese lugar, precisamente porque era la instancia que calificaba la elección presidencial. Si actualmente es el TEPJF la instancia calificadora, al menos este acto protocolario debería realizarse en la sede del tribunal.

En otro orden, habló sobre la necesidad de que las facultades investigadoras con que cuenta actualmente la Suprema Corte de Justicia no se queden exclusivamente en la rendición de un informe. Es necesario que tengan consecuencias legales, por lo que debería elaborarse un dictamen que implique un desenlace, opinó.

El consejero Gómez Alcántar se refirió al tema de las campañas electorales y en este contexto justificó buena parte de las acciones realizadas por el IFE, como la instrumentación de la tregua navideña, el acuerdo de neutralidad -que con todo y lo sucedido con Fox lo consideró como el de mayor alcance que haya realizado el organismo-, y algunas acciones relacionadas con las precampañas.

Empero, reconoció que en su momento las medidas adoptadas para impedir los anuncios políticos del Consejo Coordinador Empresarial fueron insuficientes, si bien salieron del aire pocos días antes de la elección. Al respecto subrayó que ''el IFE no tiene facultades expresas para exigir el cumplimiento de los demás órganos de Estado para hacer valer sus determinaciones de forma expedita, tal como quedó demostrado en los días pasados con los promocionales (de López Obrador) censurados por Gobernación''.

Al referirse a las precampañas y el activismo de los políticos, aun antes de que se inicien los procesos internos, el consejero señaló que más allá de una regulación específica es necesario que existan reformas que determinen que la Secretaría de Hacienda sea la que fiscalice estas actividades previas.

Consideró necesario que los estatutos de los partidos establezcan que la realización de las precampañas sean simultáneas con las de otros partidos. Al mismo tiempo, que se institucionalice la tregua navideña, es decir, la suspensión de actividades entre la finalización de los procesos internos y el arranque de campañas.

 
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