Usted está aquí: jueves 8 de febrero de 2007 Política Ordena el IFAI a Economía abrir datos sobre Hildebrando

Deberá hacer pública información relativa a contrato

Ordena el IFAI a Economía abrir datos sobre Hildebrando

ELIZABETH VELASCO C.

Pese a la reticencia de la Secretaría de Economía (SE) para difundir los términos del contrato que suscribió con la empresa Hildebrando, SA de CV, adjudicado en diciembre de 2003, el pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) ordenó la apertura de esa información, tras demostrar que su publicidad no afecta el procedimiento administrativo que la dependencia enderezó en contra de la empresa del cuñado del presidente Felipe Calderón, Diego Hildebrando Zavala, por "incumplimiento" en la prestación del servicio.

En el recurso 2353/06, a cargo del comisionado Alonso Gómez Robledo, se establece que el incumplimiento del contrato por Hildebrando se dio con "posterioridad a su celebración", por lo cual "no se encuentra en controversia la legalidad del procedimiento de adjudicación".

Como difundió la víspera La Jornada, la dependencia arguyó que no podía abrir la información porque había establecido un procedimiento judicial en contra de Hildebrando. Lo cierto es que, una vez que la SE tuvo que rendir explicaciones ante el IFAI, reveló que se trata de un "procedimiento administrativo" que la dependencia le fincó por "incumplimiento" en la prestación de servicios, lo cual llevó a una rescisión del contrato.

Hildebrando, a su vez, impugnó mediante un recurso de revisión ­registrado bajo el número de expediente 59805­ la decisión de la SE, y debido a que ésta lo desechó, la empresa del cuñado incómodo de Calderón interpuso un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al cual se le asignó el expediente 7432/04-17-07-8.

En su ponencia, el comisionado Gómez Robledo rechazó los argumentos de la SE de que difundir el contrato pondría en riesgo el procedimiento judicial, porque fue posterior a su celebración que se dieron los motivos de la rescisión.

Además, la Ley Federal de Transparencia, en su artículo 7, fracción XIII, obliga a las más de 240 dependencias y entidades del gobierno federal a poner a disposición del público ­e inclusive a actualizar­ toda información relativa a las contrataciones de obras públicas, bienes adquiridos, arrendados, servicios contratados, estudios e investigaciones, así como el monto de aquéllos, el nombre del proveedor, contratista o persona física o moral con quien se celebró el contrato, y los plazos de cumplimiento.

También por unanimidad, el pleno del IFAI ordenó a la SE informar a detalle sobre los contratos que suscribió con Meta Data ­la otra empresa de Diego Hildebrando Zavala­, incluyendo la oferta técnica y económica que hizo, fecha, lugar y condiciones de entrega de los bienes, condiciones de pago, incluyendo la sesión celebrada por el comité de adquisiciones de la dependencia, la cual, en su fallo, favoreció a ambas empresas.

 
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