Usted está aquí: jueves 24 de agosto de 2006 Política Acuerda PGR aplicar mano dura contra todos los detenidos por posesión de drogas

Se intenta evitar que los distribuidores evadan ser encarcelados al ser arrestados

Acuerda PGR aplicar mano dura contra todos los detenidos por posesión de drogas

El texto publicado no precisa de qué forma se determinará que el sujeto es un adicto

GUSTAVO CASTILLO

La Procuraduría General de la República (PGR) emitió un acuerdo que permite que cualquier persona por la "simple posesión de un narcótico prohibido", trátese de adictos o no, enfrente el proceso de una averiguación previa para acreditar que no está incurriendo en delitos contra la salud.

Ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo A/201/06, que lleva por título "Lineamientos que debe observar el Ministerio Público de la Federación en la integración de actas circunstanciadas", por el que no sólo determina el procedimiento a seguir en ese ámbito, sino ordena y faculta a sus funcionarios encargados de procurar justicia a iniciar averiguaciones previas a los detenidos en posesión de "narcóticos prohibidos".

Al respecto, el titular de la PGR aseguró que el acuerdo "restringe la discrecionalidad para evitar que queden en libertad pequeños distribuidores que se hacen pasar por consumidores", pero no explicó qué ocurrirá con aquellos adictos que sean detenidos y la forma en que el Ministerio Público podrá establecer que lo son, ni la cantidad que podrán llevar con ellos.

El acuerdo tampoco precisa si toda persona que sea detenida en posesión de enervantes de manera inmediata tiene el carácter de indiciado y cuenta con el derecho a fianza o libertad condicional para presentar las pruebas necesarias que acrediten su calidad de adicto, como tampoco si se iniciará un padrón de adictos para evitar que cada vez que sean sorprendidos tengan que pasar por el mismo procedimiento.

En el documento se indica que se emitió el acuerdo "atendiendo a diversas observaciones y propuestas de autoridades, organizaciones sociales y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, (por lo que) se estimó conducente hacer una valoración de los supuestos por los cuales los agentes del Ministerio Público inician un acta circunstanciada".

Supuestamente este acuerdo tiene como finalidad "mejorar las funciones ministeriales, simplificándolas y modernizándolas, principalmente en cuestión de actas circunstanciadas, con el propósito de abatir la discrecionalidad y el abuso de autoridad, garantizar a la sociedad el ejercicio oportuno, eficaz, transparente y con certidumbre de sus atribuciones y salvaguardar la legalidad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad y respeto a los derechos humanos".

Así se determina que un acta circunstanciada se debe iniciar por "la pérdida de documentos, identificaciones u objetos, ya que estos hechos carecen, por sí mismos, de elementos constitutivos de delito".

Pero, agrega, "que por el contrario, no es procedente utilizar la figura del acta circunstanciada tratándose de conductas o hechos relacionados con la posible comisión de delitos, sobre todo de aquellos contra la salud, en virtud de que la simple posesión de un narcótico prohibido debe dar lugar a la integración de una averiguación previa y que la posible existencia de una excluyente de responsabilidad debe hacerse valer dentro de dicha averiguación; por otra parte, cuando resulta indispensable proceder de inmediato al aseguramiento de bienes, estupefacientes o sicotrópicos, esto sólo puede hacerse dentro de una averiguación previa".

Cabe recordar que en mayo pasado la Presidencia de la República vetó las reformas a la Ley General de Salud y a los códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, que había aprobado el 28 de abril el Congreso de la Unión, y que regulaba las cantidades "personales" de posesión de drogas -mariguana, heroína y cocaína- y la definición de las personas que entrarían en el perfil de adictos.

Dichas reformas establecían que no se penalizaría a quien portara como máximo cinco gramos de mariguana; 500 miligramos de cocaína; 25 miligramos de heroína; LSD, 0.025 miligramos; opio, 5 gramos; anfetaminas, 100 miligramos; metanfetamina, 200 miligramos; nalbufina, 10 miligramos; peyote (una cactácea en peligro de extinción por su explotación ilegal), 1 kilogramo, y hongos alucinógenos 250 miligramos.

 
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