La Jornada Semanal,   domingo 22 de enero  de 2006        núm. 568
CINEXCUSAS
Luis Tovar
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 POLÍTICA DE PELÍCULA

A la memoria de Alejandro Galindo, nacido hace cien años y ocho días

En algún momento de nuestro paso por la educación básica, a todos nos enseñaron un axioma algebraico que después, como si fuese aplicable a casi todo, proferimos con bastante facilidad: "el orden de los factores no altera el producto". A pesar del uso desaprensivo que se le dispensa, tal aseveración sólo es incontestable cuando se trata de sumar o de multiplicar, pues pierde su condición axiomática tan pronto es trasladado a cualquier otra materia, como lo sabe cualquiera que haya dicho o escuchado frases al estilo de "no es lo mismo el Consulado General de Chile, que el General con su chile de lado". Por eso no es lo mismo hablar de una película de política que de una política de película, aunque en ambos casos la combinación de esos dos factores en particular haya tenido, innumerables veces, un resultado igual de lamentable.

Como sabe Cualquiera, con la expresión "de película" suele querer decirse que algo es notablemente bueno, o bien que por alguna razón su naturaleza sorprende.

El complejo y en varios momentos complicado trayecto, en cuyo final puede apreciarse —envuelta en aires de happy end— la inminente aplicación a la producción cinematográfica del artículo 226 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, pareciera tratar-se de una película que estuviera de película. De acuerdo con Alfredo Joskowicz, antes de que concluya el presente mes ya estará vigente, operando, disponible, la reforma al citado artículo, gracias a lo cual nuestro siempre menesteroso cine podrá contar con recursos económicos extras a los que actualmente definen su crónica insuficiencia, hasta por un monto de quinientos millones de pesos.

No es de ningún modo poco, sobre todo si se consideran los menos de doscientos millones asignados al IMCINE, monto de la limosna —eufemísticamente llamada presupuesto— con la cual esta administración —a la que para fortuna de todos, menos quienes la han perpetrado, ya le queda poco tiempo para seguir cometiendo pifias— tuvo a mal demostrar qué tan sin cuidado la tuvo, y la tiene, la indigencia monetaria del cine, actividad cultural de cuyos logros, eso sí, ha querido colgarse cada vez que ocurren.

Pero antes de seguir —y por si algún improbable lector estuviera en condiciones y tuviera deseos de aplicar al menos como extra—, es necesario transcribir, en extenso, el verdadero asunto de esta película:

"Se otorga un estímulo fiscal a las personas físicas o morales, con independencia de la actividad que desempeñen, por los proyectos de inversión productiva que realicen en el ejercicio fiscal correspondiente, consistente en acreditar 10% del Impuesto Sobre la Renta, que se cause en el ejercicio por las inversiones en la producción cinematográfica nacional."

"El monto total del estímulo a distribuir entre los aspirantes del mismo no excederá la cantidad de 500 millones de pesos anuales.

"Se considerará como proyectos de inversión productiva en la producción cinematográfica nacional, las inversiones en territorio nacional, destinadas específicamente a la realización de una película cinematográfica a través de un proceso en el cual se conjugan la creación y la realización cinematográfica, así como los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para dicho objeto.

"Se entenderá por producción cinematográfica nacional, las películas que hayan sido realizadas por personas físicas o morales mexicanas, o bien, en el marco de acuerdos internacionales o de los convenios de coproducción suscritos por el gobierno mexicano, con otros países u organismos internacionales.

"Corresponderá a los Comités Técnicos del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine) y al Fondo para la Producción Cinematográfica de Calidad (Foprocine), en términos de sus respectivas competencias y con base en sus reglas de operación e indicadores de gestión y evaluación, con la participación que corresponda a la Secretaría de la Función Pública, la autorización de los proyectos de inversión productiva para la producción de películas cinematográficas nacionales; así como los requisitos y trámites que deberán cumplir los interesados para hacerse merecedores al estímulo fiscal.

"Los Comités Técnicos referidos estarán obligados a publicar dentro de los meses de julio y enero de cada año, un informe que contenga los montos erogados durante el primero y segundo semestres del ejercicio fiscal respectivo, según corresponda, así como las personas beneficiadas con el otorgamiento del estímulo fiscal y los proyectos en la producción cinematográfica nacional objeto de dicho estímulo."

(Continuará.)