Usted está aquí: jueves 6 de octubre de 2005 Política "Ultraje", determina la Corte al juzgar el poema La patria entre mierda

La ofensa a la bandera pone en riesgo la "seguridad nacional": Olga Sánchez

"Ultraje", determina la Corte al juzgar el poema La patria entre mierda

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Ampliar la imagen La ministra S�hez juzg�e Witz Rodr�ez se extralimit� su libertad de expresi�En la imagen, venta de banderas en el Z�o FOTO Mar�Luisa Severiano Foto: Mar�Luisa Severiano

En una votación dividida (tres votos contra dos), la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que escribir en contra de la bandera nacional, despreciarla o desestimarla constituye "un verdadero ultraje" a los símbolos patrios, independientemente de los valores literarios o estéticos del texto, pues se rebasan los límites constitucionales de la libertad de expresión.

El criterio fijado por el máximo tribunal del país al negar un amparo al poeta originario de Campeche Sergio Hernán Witz Rodríguez precisa que con su poema La patria entre mierda, en el que se refiere al lábaro patrio como papel higiénico o trapo en el que se acuestan los perros, el escritor "ofendió la moral pública, afectó derechos de terceros, contravino la paz y seguridad social, y perturbó el orden público".

La votación estuvo precedida de un debate histórico e intenso entre los cinco ministros que integran la primera sala en torno al concepto "libertad de expresión", así como los alcances y limitaciones constitucionales de la manifestación de las ideas en el país.

Los magistrados José Ramón Cossío y Jesús Silva Mesa coincidieron en que la libertad de expresión "es uno de los pilares de una nación democrática", por lo que no debería sufrir ninguna censura y menos sanciones penales.

Sin embargo, los ministros José de Jesús Gudiño Pelayo, Sergio Valls Hernández y Olga Sánchez refutaron el argumento de sus compañeros tras considerar que ninguna garantía constitucional es absoluta, sino que tienen límites, por lo que la libertad de expresión debe constreñirse al respeto del marco legal, pues de lo contrario se corre el riesgo de que se apliquen sanciones penales a quienes se extralimiten en la expresión de sus ideas.

Witz Rodríguez fue demandado por integrantes de una asociación civil que encabeza Abel Santacruz Menchaca -hijo de un militar-, quienes justificaron su querella en el sentimiento patrio y el respeto que se debe tener por la bandera, el escudo y el Himno nacionales.

"Los símbolos patrios nos dan identidad como mexicanos; si no respetamos eso dónde vamos a ir a parar", argumentaron los quejosos, quienes agregaron que "la libertad (de expresión) deja de tener validez individual cuando dañan a terceros y, en este caso, atenta contra nuestra identidad como mexicanos".

La Procuraduría General de la República (PGR) ejercitó acción penal contra el escritor, a quien no se otorgó el amparo, aunque continuará libre, pero sujeto a proceso.

El delito que se le imputa (ultraje al pabellón nacional) está previsto en el artículo 191 del Código Penal Federal (CPF).

El cuerpo del delito

Supuestamente el inculpado incurrió en ese acto ilícito cuando publicó un poema que dice: "Yo/ me seco el orín en la bandera/ de mi país,/ ese trapo/ sobre el que se acuestan/ los perros/ y que nada representa,/ salvo tres colores/ y un águila/ que me producen/ un vómito nacionalista/ o tal vez un verso/ lopezvelardiano/ de cuya influencia estoy lejos,/ yo, natural de esta tierra/ me limpio el culo/ con la bandera/ y los invito a hacer lo mismo:/ verán a la patria/ entre la mierda/ de un poeta".

La falta tiene una pena alternativa, por lo que el juez puede condenar a prisión o aplicar una multa, según su criterio. Como Witz no tiene antecedentes penales, de ser condenado lo más probable es que reciba sólo la sanción monetaria.

Por primera vez en la historia del máximo tribunal del país los magistrados disertaron sobre los símbolos patrios. La discusión trajo consigo una polémica sobre los valores que supuestamente se transgreden cuando los ciudadanos exponen públicamente sus concepciones de los emblemas nacionales.

El proyecto de resolución elaborado por el ministro Cossio proponía amparar al poeta y declarar inconstitucional una parte del artículo 191 del CPF, la cual ordena que "al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicarán de seis meses a cuatro años de prisión o multa de 50 a 3 mil pesos, o ambas sanciones, a juicio de juez".

Opiniones encontradas

El ministro Cossio abrió el debate. Después de dar lectura a los antecedentes del caso, explicó: "lo que hoy nos corresponde decidir no es si el señor Witz escribió un buen o mal poema, o si nosotros diríamos de la bandera nacional lo que él dice. Nos compete determinar lo que una persona tiene derecho a decir en México sin sufrir una persecución penal que lo marca de por vida, y que puede llevarlo incluso a la privación de su libertad.

"Amparar al quejoso en esta instancia no significa que esta sala esté haciendo una declaración general de inconstitucionalidad del artículo 191, ni que lo esté expulsando definitivamente del orden jurídico. En un caso como el que hoy nos ocupa está en juego la preservación del contenido esencial de la libertad de expresión; el simple hecho de dejar la puerta abierta a un juez para que pueda utilizar ese artículo para calificar penalmente la conducta, en este caso del señor Witz, implica legitimar una afectación, me parece, a las libertades básicas de este último", dijo.

Silva Meza coincidió y apoyó a Cossio, pero sus compañeros defendieron la posición contraria. Gudiño Pelayo leyó el poema. Después aseguró que varios artículos de la Constitución, entre ellos el tercero, protegen los símbolos patrios.

Valls fue quien mostró la postura más conservadora. "El derecho penal es un arma para prevenir la comisión de delitos o conductas que dañen a terceros o a la sociedad en general. El artículo 191 (del CPF) no contraviene la libertad de expresión ni la de manifestación de las ideas a que se refieren los artículos sexto y séptimo constitucionales.

"Como sabemos, el quejoso fue procesado por haber publicado en una revista unas palabras injuriosas que él considera poema, haciendo alusión al pabellón nacional. En ese seudopoema no sólo se injuria a la bandera, sino a la patria misma", puntualizó el ministro.

El voto decisivo fue de Olga Sánchez, presidenta de la primera sala. "Tuvimos amplias discusiones del proyecto; sin embargo, llegamos a la conclusión de que no lo comparto. En las escuelas se enseña a los niños la clase de civismo, donde se inculca el amor a la patria y a los símbolos patrios, como es la bandera nacional.

"Pensamos que si permitimos escribir o expresar ideas en contra de la bandera nacional, por muy literarios que sean o que pudieran ser, realmente ofenden la moral. No es un derecho ilimitado, tiene esos límites. La bandera es un símbolo de orgullo para el pueblo de México; cualquier ultraje a la misma afecta la estabilidad y la seguridad de nuestra nación", finalizó la ministra.

 
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