Usted está aquí: jueves 14 de abril de 2005 Política De falsos paradigmas y otras chapuzas

Adolfo Sánchez Rebolledo

De falsos paradigmas y otras chapuzas

Parece increíble, pero los diputados que aprobaron el desafuero de Andrés Manuel López Obrador en nombre del "estado de derecho", hicieron una chapuza jurídica del tal magnitud, que nadie a ciencia cierta sabe si en el caso del jefe de Gobierno junto con la inmunidad también pierde el cargo o sigue en funciones mientras un juez decide qué hacer o la Suprema Corte se pronuncia sobre la controversia constitucional interpuesta por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. En rigor, en el origen de tanta confusión y de-saseo está una razón bastante simple: lo esencial en este caso no es la ley, el "nuevo paradigma", enunciado en Roma por el presidente Fox, sino el golpe político, la decisión de inhabilitar a un adversario sirviéndose de una retorcida investigación jurídica.

El untuoso Vega Memije montó en la sala del Congreso un acto de fe a todas luces indigno de un suprocurador republicano y, sin embargo, obtuvo el voto favorable de la inmensa mayoría de los diputados del PAN y el PRI para culminar la canallada. Voces como la de la diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara, ex juez de distrito por 10 años, se perdieron en la bruma colérica creada por los impulsores del desafuero.

No se atendieron los argumentos, la necesidad de separar el ámbito administrativo del penal, a fin de no fabricar delitos y delincuentes inexistentes. Por ejemplo, en el primer punto de su eficaz intervención la diputada Bernal pone límites a la pretensión, retomada mediáticamente por la Secretaría de Gobernación, de anular la presunción de inocencia creando delitos donde nadie los ha probado: "El dictamen de la Instructora -ha dicho aquí todo mundo- se basa exclusivamente en las constancias del expediente administrativo del juzgado de distrito para concluir que la suspensión fue violada para efectos penales. Falta a la verdad. ¿Por qué? Porque el propio Poder Judicial ha determinado, en tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación, tomo XV, abril de 2002, página 1375, que son dos cosas diferentes. El juez de distrito puede tener por acreditada la violación de la suspensión en términos de la Ley de Amparo, pero ello no significa que tenga por acreditado un delito, porque el delito se rige por otro tipo de análisis y de reglas. Y esto no lo digo yo, lo dice el Poder Judicial. Asimismo, ningún órgano del Poder Judicial ha sostenido en ningún momento la comisión del delito ni la responsabilidad del jefe de Gobierno. Lo que se hizo fue resolver un amparo administrativo y un cuadernillo de su suspensión, conforme a las reglas administrativas para este tipo de litigios" (Cámara de Diputados, versión estenógrafica, 7 de abril, 2005). Sin embargo, el desafuero se produjo, a pesar de los argumentos desfavorables presentados por innumerables juristas, pues la decisión ya estaba tomada. Ahora, toca el turno al Poder Judicial y, más concretamente, a los ministros de la Corte. En teoría, esta última instancia tiene que resolver sobre dos controversias constitucionales, pero debería hacer algo más: definir con precisión cuáles son las atribuciones constitucionales de la Asamblea Legislativa y, en esencia, los límites de la autonomía del Distrito Federal.

Es obvio que la reforma plasmada en el artículo 122 fue, en su momento, un avance democrático incuestionable, pero la realidad posterior ha probado también la urgencia de revisar a fondo la idea de si la capital de la República puede ser al mismo tiempo un estado de la Federación con los mismos derechos y obligaciones. Si se admite, en general, que el Distrito Federal ha tener responsabilidades semejantes en materia educativa o fiscal, cuál es la razón última para no dar al órgano legislativo donde se representa a los ciudadanos el mismo peso que al de otras entidades.

En el caso contra López Obrador no sólo se han violentado leyes y normas, ciertos procedimientos indispensables para hacer justicia. También se ha privado a la ciudadanía cualquier posibilidad legal que las instituciones representativas locales decidan qué hacer, lo cual no ocurriría en el resto de las entidades federativas. El de-safuero, en estas circunstancias, es una trampa antidemocrática, cuyas consecuencias nefastas ya comienzan a sentirse en la de por sí deteriorada vida pública.

Lo que sigue no será, como temen las elites dominantes, la tormenta revolucionaria, pero sí un nuevo ciclo de protestas democráticas en defensa de la legalidad, un despliegue cívico en favor de amplias reformas, tan amplio como sea posible, que sólo terminará haciendo cambios verdaderos en la política, el derecho y la sociedad. A fin de cuentas, la transición a la democracia estará inconclusa sin ir al fondo en el ejercicio pleno de la justicia y el pluralismo.

 
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