Usted está aquí: lunes 7 de marzo de 2005 Política Analiza ya la Corte argumentos sobre la imprescriptibilidad del delito de genocidio

El pasado viernes entregó dictamen la ministra Olga Sánchez a sus compañeros

Analiza ya la Corte argumentos sobre la imprescriptibilidad del delito de genocidio

Este miércoles decidirá la primera sala de la SCJN si avala el proyecto de sentencia

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Los argumentos jurídicos con que la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) pretende comprobar a la justicia mexicana que no ha prescrito el delito de genocidio, imputado al ex presidente Luis Echeverría, su secretario de Gobernación, Mario Moya Palencia, y nueve personas más por su presunta responsabilidad en la matanza de estudiantes ocurrida el 10 de junio de 1971, serán resueltos por un tribunal unitario en caso de que el próximo miércoles la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avale el proyecto de sentencia elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero.

Fuentes judiciales revelaron a La Jornada que la juzgadora entregó el pasado viernes a sus cuatro compañeros del órgano colegiado el dictamen que propone que tres agravios, argumentados por el fiscal Ignacio Carrillo Prieto y que aún no han sido analizados, sean revisados por el quinto tribunal unitario del Distrito Federal, el cual originalmente recibió el recurso de revisión contra la negativa del juzgado segundo de distrito a librar las órdenes de aprehensión, tras determinar que el supuesto delito de genocidio prescribió el 10 de junio de 2001.

Los alegatos

El proyecto de dictamen de la ministra se basa en el hecho de que los alegatos de la parte acusadora, pendientes de ser revisados, "ya no tienen trascendencia jurídica nacional o internacional", debido a que "no se trata de temas de constitucionalidad, sino de legalidad procesal".

Entre los tres agravios pendientes destaca el hecho de que el Ministerio Público Federal habría llevado a cabo, en la década de los 80, diversas diligencias de investigación sobre el enfrentamiento del Jueves de Corpus, que provocó al menos 12 muertos, y por ello dichas actuaciones habrían interrumpido el plazo de prescripción, que para el delito de genocidio era de 30 años.

Desde el pasado jueves la primera sala de la Corte incluyó el asunto en la lista para su próxima sesión, que se efectuará el próximo miércoles a partir de las 11 horas.

Apenas el pasado 23 de febrero la misma sala rechazó, por cuatro votos contra uno, la propuesta del ministro Juan Silva Meza de aplicar retroactivamente la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad, vigente en México a partir de junio de 2002.

Esa convención formaba parte de uno de los cuatro agravios -para varios juristas mexicanos éste era el argumento más importante, pues era factible que con él se revocara la sentencia del juzgado segundo, lo cual no ocurrió- que la Femospp presentó a la SCJN para sostener que el presunto genocidio no prescribió en junio de 2001.

Otro alegato se refiere al hecho de que el plazo de prescripción debe interrumpirse durante el tiempo en que los acusados tuvieron en sus manos el control del poder político y el de la procuración e impartición de justicia.

Uno más tiene que ver con lo que refiere el artículo 114 constitucional, el cual indica que el plazo de prescripción se interrumpe durante el tiempo que un servidor público implicado en un acto delictivo contó con fuero y por ello se impedía su consignación penal.

Sin embargo, para el caso de Echeverría sería difícil que se le pudiera aplicar ese argumento, ya que dicho artículo, que cita el 111 constitucional, en ningún momento hace mención de que entre los funcionarios señalados se encuentre un Presidente de la República.

Además, hay otro candado que impediría aplicar ese alegato en contra de los inculpados sin que se violara en su contra el artículo 14 constitucional, el cual afirma que ninguna ley tendrá efectos retroactivos.

Y es que el artículo 114 fue reformado en 1982 y a partir del 29 de noviembre de ese año se le agregó el principio de la interrupción del plazo de prescripción durante el tiempo que un funcionario tenga fuero; es decir, entró en vigor 11 años después de los hechos ocurridos el Jueves de Corpus.

Fuerte debate

Las fuentes consultadas pronosticaron un "fuerte debate" entre los cinco ministros de la sala, por lo que no es posible anticipar cuál será el resultado final de la votación del próximo miércoles.

Si al menos tres de los juzgadores avalan el proyecto de resolución, el caso regresaría al quinto tribunal unitario que encabeza la magistrada federal Herlinda Velasco Villavicencio.

Además del ex presidente Luis Echeverría y su ex secretario de Gobernación Mario Moya Palencia, la Femospp imputó el delito de genocidio a los ex directores de la Federal de Seguridad, Miguel Nazar Haro y Luis de la Barreda Moreno, así como a algunos ex integrantes del grupo de choque conocido como Los Halcones.

 
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