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México D.F. Domingo 8 de agosto de 2004

Néstor de Buen

Una reforma conscientemente inconstitucional

Suele decirse de la democracia que por ser el gobierno de las mayorías siempre expresa la razón. Pero esa idea, predominante pero no demasiado convincente, acaba de terminar en fracaso. La reforma a la Ley del Seguro Social (LSS) no es más que el cruce ignominioso de ambiciones de poder político; de una especie de "esta es nuestra oportunidad" de los señores empresarios; del deseo de hacer reformas, ya, a la Ley Federal del Trabajo (LFT) por la vía indirecta de introducirlas donde no caben: la LSS, y de expresar, por si había alguna duda, que el neoliberalismo manda en el juego.

El Senado, en la noche tenebrosa del pasado miércoles, con su agregado de 2:07 horas del jueves, ha aprobado por mayoría de 82 votos contra 23 -10 del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y 13 del de la Revolución Democrática (PRD), y dos abstenciones de priístas- la reforma de dos artículos de la LSS con sus agregados de transitorios. La intención evidente: la cancelación de los derechos de los trabajadores establecidos en el contrato colectivo de trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Obviamente, el resultado es absolutamente violatorio de la Constitución, pero expresa la voluntad del grupo gobernante y un partido, Acción Nacional (PAN), que sin estar representado por ese grupo le sirve sumiso, y otro, el PRI, que en su mayoría ha seguido la misma ruta de la que han discrepado, con gallardía, 10 militantes: seis mujeres y cuatro hombres.

La reforma es anticonstitucional por razones de sobra, y lo saben los autores de ella.

Hay que recordar que la fracción XXIX del apartado A del artículo 123 constitucional dispone que "es de utilidad pública la Ley del Seguro Social..." para agregar, de manera concreta, su contenido: el mundo de los seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes..." sin que el Congreso de la Unión le pueda agregar a esa lista temas laborales. Estos se rigen por leyes sobre el trabajo.

La reforma de los artículos 277-D y 286-K produce reglas laborales que nada tienen que ver con lo que la fracción XXIX permite. En otras palabras, el señor Congreso de la Unión carece de facultades para introducir en la LSS temas que no sean específicamente los relativos a los seguros. Al hacerlo, incurre en una evidente inconstitucionalidad.

No es la única. De manera importante vulnera la fracción XVIII del mismo artículo 123 A cuando atribuye en exclusiva al Consejo Técnico del IMSS la determinación de la creación, sustitución o contratación de plazas por decisiones unilaterales, olvidando que el contrato colectivo, mediante el instrumento de la huelga, tiene por objeto establecer el equilibrio entre los factores de la producción: trabajo y capital, y entrega al sindicato el derecho de designar a los que ocuparán vacantes y puestos de nueva creación.

Viola de manera notable el artículo 13 de la propia Constitución cuando dicta disposiciones privativas, quiere decir, reguladoras de situaciones especiales, rompiendo la condición de universalidad y generalidad de las normas. Ello se logra con lo previsto en el transitorio tercero, que somete a un régimen diferente, totalmente determinado por el Consejo Técnico del IMSS, a los trabajadores de nuevo ingreso. De paso, se lleva de corbata a la fracción VII del apartado A del artículo 123, que establece el principio fundamental de que, "para trabajo igual debe corresponder salario igual...", lo que hace referencia a todas las condiciones laborales. Con la reforma se divide a los trabajadores en varias clases.

De manera especial rompe con lo previsto en el artículo 256 de la misma LSS, que ordena que las relaciones entre el IMSS y sus trabajadores se rijan por lo dispuesto en el apartado A del artículo 123 constitucional y por la LFT. En ese punto, la LSS no tiene nada que hacer.

Es curioso: de los 10 votos en contra de los miembros del PRI, seis corresponden a legisladoras. Entre ellas mi querida amiga, sindicalista de las buenas, Ana Bricia Muro González, senadora por Durango, quien dirigió un tiempo, con enorme eficacia, el Sindicato de Trabajadores de Telesecundaria de su estado.

Los diputados y senadores que votaron por la propuesta que inició su camino en el propio IMSS (con redacción confusa e intención malévola), curiosamente se inclinaron a hacerlo por razones ajenas a la seguridad social. Roberto Madrazo dirigió a sus seguidores hacia un apoyo al sector empresarial en espera de reciprocidades a dos años de distancia. No las logrará, por supuesto. El PAN, obsecuente con los propósitos del empresariado, a quien ahora sirve olvidando sus principios sociales (Gómez Morín, Christlieb Ibarrola, González Luna y González Morfín, entre otros), se disfraza de reaccionario y asume un servicio al empresariado que lo avergüenza.

El resultado: una reforma que la justicia federal habrá de declarar inconstitucional, si el Ejecutivo, como es de suponerse, no ejerce el derecho de veto y la promulga.

Pero el hecho cierto es que con esto las posibilidades de un encuentro razonable con el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social se ha ido por la borda. Mi recomendación es que asuma la lucha directa y mande al demonio los intentos hipócritas de acercamiento que el IMSS ha expresado. Se retirarán las propuestas de cambio y el régimen de jubilaciones y pensiones se mantendrá en sus términos actuales.

A los trabajadores les sobra imaginación. Y no es tan fácil acabar con un sindicalismo de absoluta tradición democrática. A pesar de las amenazas de Eduardo Sojo, quien anticipa que la política contra las jubilaciones se seguirá en otros organismos.

Aún está vigente el principio de la unión de los trabajadores que suscribieron Marx y Engels en el Manifiesto de 1848. Cuando eso ocurre, no hay quien los pare.

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