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P O L I T I C A
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México D.F. Martes 2 de septiembre de 2003

Marco Rascón

El mexicano Lorenzo Llona

ƑQué más prueba quería el juez 13 de Distrito, Ranulfo Castillo, que un documento legal expedido por la misma Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el cual comprueba de manera irrefutable que Lorenzo Llona Olalde se encontraba en México el día que se cometió un delito en España?

Tanto la vista de Relaciones Exteriores como la actuación del juez exhiben una afrenta de otra índole: pérdida de soberanía y un sistema judicial anclado sin independencia. ƑCuándo habrá en México un juez de primera instancia dispuesto a defender la Constitución? ƑPor qué ningún juez mexicano de primera instancia tiene las alturas para defender la independencia del Poder Judicial y frenar al Ejecutivo cuando toma decisiones aberrantes como es la detención del mexicano Lorenzo Llona? ƑPor qué la aplicación del texto constitucional necesita de segundas y terceras instancias, y su aplicación casi nunca es expedita, como en este caso?

Llona se encontraba en México el 24 de junio de 1981, lo dice el acuse de recibo de la misma SRE, hecho que conduce a la demanda por su libertad, así como a cuestionar la naturaleza de los tratados internacionales que ha firmado México, al igual que su evidente inconstitucionalidad, ya que violan flagrantemente los derechos de sus ciudadanos.

La política exterior es una prueba contundente de la pérdida de soberanía, igual que ha sucedido con el TLC, y ahora con el ALCA, en materia de economía interna. En lo jurídico se han aprobado tratados y clausulados, como la reforma de 2001 al tratado bilateral de extradiciones, que establece que en caso de petición de extradiciones el gobierno español no necesita presentar pruebas de culpabilidad del acusado, lo cual afecta directamente el derecho de asilo y la tradición de la política exterior mexicana en contra de las persecuciones por motivos políticos. Esta reforma al tratado de extradiciones con España viola flagrantemente los artículos 14, 15 y 16 constitucionales. El artículo 15 establece claramente que "no se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos (...) ni de convenios o tratados en virtud de las cuales se alteren las garantías y derechos establecidos por la Constitución para el hombre y el ciudadano". Luego, en el 16, dice: "No podrá librarse ninguna orden de aprehensión o detención, a no ser por la autoridad judicial, sin que preceda denuncia, acusación o querella...", convirtiendo así a Relaciones Exteriores en parte acusadora, siendo que ésta tiene la prueba de inocencia de Llona, pues no sólo sabe de su naturalización, sino que en la fecha porque se reclama al mexicano él estaba aquí, no en España.

En la petición de extradición de Llona, México se ha involucrado en la represión al asumir acciones de la política interna de España y la visión de la política estadunidense "en contra del terrorismo", lo cual, consideran, les da derecho de pasar por encima de todo derecho de los países. La decisión del gobierno de México de extraditar a Lorenzo Llona lo convierte en extensión de la política interna española, más que en interlocutor diplomático, igual que actúa desde hace unos años Estados Unidos, al considerar los problemas de México como parte de su política interna.

Es obvio que la condición de protectorado que nos da Estados Unidos nos ha convertido en un departamento administrativo de los ministerios españoles; por ello, en la lucha por su segunda independencia nuestro país necesita no sólo ganar soberanía frente a Estados Unidos, sino revocar todos los tratados económicos y jurisdiccionales que nos impiden a los mexicanos gobernarnos.

Por ley y derecho, Lorenzo es un ciudadano mexicano al que se le han violado las garantías constitucionales, pues permanece preso, sin juicio, a causa de un tratado inconstitucional y a pesar de que se han interpuesto pruebas claras de que no tiene responsabilidad en los delitos de que se le acusa. Su caso es una afrenta para todos los mexicanos; su encarcelamiento se sustenta en una aberración jurídica y, sobre todo, en la gran desmovilización política que permite la impunidad de actos como éste y la humillación de nuestro derecho frente a intereses extranjeros.

El caso Llona Olalde va más allá de ser un episodio de la lucha del pueblo vasco y su autonomía: es tema central del derecho mexicano y de la vigencia de nuestras garantías individuales. Su defensa es una lucha más de los mexicanos: la vigencia de nuestras leyes internas, pues el precedente que asentaría su extradición rebasa a los vascos en México y se convertiría en una cesión de soberanía y en una nueva guerra sucia contra el estado de derecho, amparada por la Suprema Corte de Justicia.

El Congreso de la Unión, los diputados y senadores deben cuestionar esta ley y respaldar la iniciativa de los diputados Francisco Saucedo e Iliana García contra la adición de 2001 al tratado de extradiciones.

La libertad de Llona es un asunto de principios para los mexicanos.

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