Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 18 de septiembre de 2002
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La resolución 687

Al anunciar el lunes anterior el gobierno iraquí su disposición a permitir el regreso incondicional de los inspectores de armas de la ONU, se aseveró que "Irak ya no posee armas de destrucción masiva y que quiere lograr una solución completa que incluya el levantamiento de las sanciones económicas que se im-pusieron a su país tras el final de la Guerra del Golfo, así como la puesta en práctica de otras previsiones de las resoluciones, "incluyendo la 687".

La iniciativa fue sancionada el 3 de abril de 1991 por 12 votos a favor, dos abstenciones (Yemen y Ecuador) y uno en contra (Cuba); estableció un alto del fuego formal en el golfo Pérsico, e im-puso a Irak las obligaciones de desmantelar su maquinaria bélica, destinar parte de sus recursos petroleros al pago de indemnizaciones de guerra y condicionó el retiro de las tropas aliadas en la región, encabezadas por Estados Unidos, a la destrucción bajo supervisión internacional, de armas químicas, biológicas y nucleares, así como sus misiles.

El texto supeditó el establecimiento de una tregua formal a la aceptación, por parte de Irak, de todos y cada uno de los puntos contenidos en la resolución.

En el tema del desarme de Irak, la resolución estableció que debía aceptar incondicionalmente la destrucción, re-moción o neutralización, bajo supervisión, de todas sus armas químicas y biológicas y de todos sus misiles balísticos con alcance superior a 150 kilómetros, y debía comprometerse a no adquirir ni desarrollar armas nucleares ni material que pueda utilizarse para su fabricación, así como aceptar la destrucción, bajo supervisión del Organismo Internacional de Energía Atómica de todos los elementos atómicos.

En torno al embargo económico, el documento decidió que no se aplicaría en lo sucesivo la prohibición sobre la compra de alimentos a Irak, y facilitará la aprobación por el comité ad hoc del Consejo de Seguridad de todas las ventas de materiales destinados a satisfacer necesidades civiles esenciales, lo que permitió la fórmula de petróleo por alimentos. Asimismo, se decidió que una vez que Irak hubiera adoptado las me-didas previstas, quedarán sin efecto la prohibición de importar artículos y productos originarios de Irak y realizar transacciones financieras conexas.

Por otra parte, el documento exige al gobierno de Bagdad que declare ante el Consejo de Seguridad su determinación de no cometer ni apoyar ningún acto de terrorismo internacional, y de impedir el funcionamiento en su territorio de cualquier organización orientada a la realización de tales actos. DE LA REDACCION

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