Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Lunes 26 de agosto de 2002
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Capital
CIUDAD PERDIDA

Miguel Angel Velázquez

Binomio de mano dura

A PESAR DE LOS esfuerzos del Jefe de Gobierno por hacer de la ejecución de las leyes un algo razonable y hasta justo, en su entorno existen dos figuras que pugnan por el uso de la mano dura.

DENTRO Y FUERA del gobierno se ha identificado a esas dos figuras, son: el secretario de Seguridad, Marcelo Ebrard y el subprocurador, Alvaro Arceo Corcuera. Aunque no existen datos precisos que puedan asegurar que estos dos funcionarios mantengan una relación personal que pudiera interpretarse como un binomio que trabaje en conjunto, sus ideas los hermanan.

HOY QUE ESTA a discusión la posibilidad de hacer reformas en materia penal, como el que la reincidencia en un delito sería el supuesto para impedir la libertad bajo caución, las opiniones de los funcionarios tratan de inclinar la balanza hacia las posturas más inflexibles.

EL TEMA QUE seguramente habrá de debatirse durante los siguientes días en muchos de los ámbitos de la ciudad podría poner un acento contradictorio al gobierno de Andrés Manuel López Obrador que, pese a las opiniones y los ataques, ha decidido no poner el remedio a la delincuencia con actos de simple dureza, sino buscando en los orígenes el porqué del delito.

SE BUSCA ENTONCES, como ya se ha dicho, negar la libertad caucional a quienes se suponga reincidentes en delitos que pudieran alcanzar la posibilidad de seguir su juicio en libertad, después de depositar una fianza.

ES IMPORTANTE TENER en cuenta que hoy por hoy el artículo 20 constitucional, apartado A, fracción I, ya considera el asunto a discusión. Dice la Carta Magna: "En caso de delitos no graves, a solicitud del Ministerio Público, el juez podrá negar la libertad provisional, cuando el inculpado haya sido condenado con anterioridad, por algún delito calificado como grave por la ley, o cuando el Ministerio Público aporte elementos al juez para establecer que la libertad del inculpado representa, por su conducta precedente o por las circunstancias y las características del delito cometido, un riesgo para el ofendido o para la ciudad".

EL ASUNTO SERIA que el juez decidiera que la persona es lo suficientemente peligrosa como para impedirle los beneficios de la libertad por fianza.

ESTA BIEN, MUCHOS podrían decir que a juzgar por los hechos no es posible confiar ni en el MP ni en los jueces, pero todo indica que las posibilidades de caer en injusticias elevarían sus márgenes; es decir, en algún momento un supuesto reincidente podría resultar inocente y habría pasado buen tiempo en la cárcel mientras corría su juicio.

PERO TAMBIEN NEGAR la libertad a una persona culpada de un delito menor entra en contradicción con el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

ENTONCES, LAS OPINIONES a favor de la pena de muerte o la cadena perpetua o las preliberaciones que en su momento han expresado Ebrard o Arceo no deberán contaminar la idea de gobierno que hasta hoy ha sido respetuosa de las libertades y los derechos de sus ciudadanos. ¡Cuidado!

Ciudad Perdida 

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