DOMINGO 28 DE NOVIEMBRE DE 1999



Matanza en el Bosque

LA GUERRA

QUE QUISIERON OCULTAR

Como titular del Alto Comisionado y como la coordinadora para la Década Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo, apelo al gobierno de México a examinar urgentemente formas para restaurar el diálogo con las comunidades en Chiapas. Una reducción de la presencia militar en la región sería un importante primer paso para restaurar la confianza de que una solución pacífica podría encontrarse. También contribuiría a mejorar el clima actual de temor.

 

Mary Robinson, después de la matanza de El Bosque

Fue un "acto de guerra: más de mil elementos del Ejército y de las diversas fuerzas policiacas, acompañados por helicópteros y vehículos artillados, se lanzan a primeras horas de la madrugada contra tres comunidades indígenas, dejando un saldo de ocho pobladores muertos (más dos miembros de la seguridad pública), 53 detenidos..." En este documento, entregado a Mary Robinson, la titular del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Centro Fray Bartolomé de las Casas desmenuza las justificaciones oficiales de la agresión contra los indígenas de El Bosque, ocurrida en junio de 1998, y argumenta que se trata sólo de argumentos propagandísticos

El gobierno de México siempre ha insistido en que prioriza la vía del diálogo para resolver el conflicto de Chiapas y en que no apelará al uso de la fuerza. Sin embargo múltiples hechos contradicen esas palabras. Una de las más evidentes refutaciones a esa pretensión gubernamental es el ataque al municipio autónomo San Juan de la Libertad, ubicado en el municipio constitucional de El Bosque, el 10 de junio de 1998.

El ataque a El Bosque/San Juan de la Libertad se produjo después de una serie de ataques similares contra otros municipios autónomos o simplemente comunidades disidentes. El ataque se inició en abril contra el Flores Magón (en Taniperla) y el 10 de Abril (Altamirano); continuó en mayo contra el Tierra y Libertad (Amparo Aguatinta) y contra la comunidad de Navil en Tenejapa, y culminó en junio con Nicolás Ruiz (que era un municipio constitucional) y con el mencionado San Juan de la Libertad.

El ataque a tres comunidades del municipio El Bosque: Unión Progreso, Chavajeval y la cabecera misma, aparece prima facie como un acto de guerra: más de mil elementos del Ejército y de las diversas fuerzas policiacas, acompañados por helicópteros y vehículos artillados, se lanzan a primeras horas de la madrugada contra tres comunidades indígenas, dejando un saldo de ocho pobladores muertos (más dos miembros de la seguridad pública), 53 detenidos, decenas de familias refugiadas en la montaña, casas saqueadas y propiedades destruidas por doquier.

Contra esta evidencia primera el gobierno trata de construir una cortina de humo que presente el operativo policiaco militar como un acto legal exigido por la legalidad y el estado de derecho. La eficacia política de la cortina de humo depende en buena medida de la repetición constante de los mismos argumentos, pero la validez de esa pretensión gubernamental dependería de la legitimidad de los argumentos legales. Y al ser examinados de cerca, se derrumba la pretensión del gobierno. De modo que el análisis de toda la argumentación confirma la evidencia primera: el ataque a El Bosque fue una ruptura del compromiso gubernamental de no usar la fuerza para resolver el conflicto de Chiapas, fue una violación de los términos de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas y una acción que en sí misma resultó violatoria de los derechos humanos y de las garantías constitucionales básicas.

 

El operativo

 

En la mañana del 10 de junio, efectivos del Ejército Mexicano, Policía de Seguridad Pública, Policía Judicial del Estado y Policía Judicial Federal, con presencia de varios agentes del Ministerio Público, tres notarios, y agentes del Centro de Información y Seguridad Nacional (Cisen), dependiente de la Secretaría de Gobernación, realizaron un operativo simultáneo en las comunidades de Unión Progreso, Chavajeval, Alvaro Obregón y la cabecera municipal del municipio de El Bosque.

En la comunidad de Alvaro Obregón, un bloqueo de mujeres y un diálogo posterior impidieron la entrada del Ejército Mexicano, y en la cabecera de El Bosque los jóvenes huyeron, quedando solamente los ancianos, quienes fueron detenidos.

Los hechos más graves se registraron en las comunidades de Unión Progreso y Chavajeval.

En Chavajeval, vehículos del Ejército ingresaron a la comunidad; las mujeres instalaron un bloqueo, pero fueron dispersadas con gases lacrimógenos y disparos al aire, haciéndolas huir a las montañas aledañas. La policía continuó los disparos y algunos hombres de la comunidad respondieron la agresión con armas de fuego.

En el tiroteo resultaron muertos tres campesinos, Cristóbal Sánchez Sánchez (49), Maximino Gómez Sánchez (22) y Antonio Gómez Gómez (50), y el policía Rubén López Magnate. Asimismo, fueron heridos los policías Juan Manuel Cruz y Ramiro López Magnate, y el sargento del Ejército Mexicano Antonio Casta López. Según testimonios, soldados y policías catearon casas y tiendas, y destruyeron lo que había.

En la comunidad de Unión Progreso otro contingente con elementos de la PSP, PJE y EM ingresó a pie, rodeando la comunidad. En las inmediaciones de la comunidad fueron encontrados seis jóvenes campesinos, presuntamente miembros de las bases de apoyo del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), a quienes se les disparó por la espalda mientras huían. El joven Sebastián Gómez Gómez (17) fue herido en un brazo mientras que Andrés Gómez Gómez (29), Antonio Gómez Gómez (20), Adolfo Gómez Díaz (20), Bartolo López Méndez (24) y Lorenzo López Méndez (18) resultaron muertos. Los cadáveres fueron trasladados en un camión de redilas 1 hacia la capital del estado.

La PSP abandonó el lugar, pero el Ejército Mexicano permaneció en la comunidad una hora más. Cuando los militares se fueron, los que habían estado detenidos buscaron a las mujeres y a los que supuestamente estaban heridos. Dos jóvenes que se habían escondido en un arroyo cercano salieron y comentaron que a ellos les habían disparado.

En el operativo fueron detenidos 53 campesinos, dos de ellos menores de edad, quienes fueron torturados por la policía. A algunos de ellos se les detuvo en otros lugares que nada tenían que ver con los operativos, como en la carretera que conduce a Bochil, en la plaza municipal de la cabecera o en otros caminos. Tal fue el caso de un campesino que tras ser detenido en dicha carretera, fue llevado a la cabecera municipal, ahí fue golpeado junto con otros detenidos y posteriormente trasladado a la comunidad de Chavajeval. Esta persona se escabulló entre la gente, y no fue entregada junto con los otros a elementos del Ejército.

El 13 de junio, la Procuraduría General de Justicia del Estado entregó los cadáveres a personal de la CNDH para que los trasladara a la comunidad de Unión Progreso. Los cadáveres estaban mutilados y descompuestos a tal gr ado que no fue posible su identificación en la comunidad. La CNDH habló de negligencia forense, pero el conjunto de circunstancias hace pensar que esta fue una acción deliberada de terrorismo de Estado.

 

Análisis de

los argumentos

gubernamentales

 

Los argumentos del gobierno para justificar el ataque a El Bosque como una acto legal y necesario pueden clasificarse en cinco categorías:

 

1) Los que hablan en términos generales de restaurar el estado de derecho o los que simplemente no tienen nada que ver con el asunto.

Es claro que en ambos casos los argumentos carecen totalmente de validez. No se puede hacer actuar a la fuerza pública en nombre del estado de derecho si no se fundamenta específicamente en qué se ha roto, quién lo ha roto, cuáles son las pruebas y cómo se va a restaurar. Estos argumentos tienen simplemente un sentido propagandístico.

 

2) Los que hablan de un grupo armado y de la aplicación de la Ley de Control de Armas de Fuego y Explosivos.

A este respecto hay que decir que todo mundo sabe que los zapatistas tienen armas y que por eso se aprobó la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas. No tiene el menor sentido realizar un operativo como el de El Bosque para desarmarlos y luego decir que se están cumpliendo los términos de la ley.

 

3) Los que hablan de delitos del fuero común, que era necesario castigar.

En esta argumentación destaca la emboscada en la comunidad de Los Plátanos, en la que resultó una persona muerta y 5 heridas, ocurrida el día anterior al operativo. El mismo presidente Ernesto Zedillo hizo alusión a este suceso en sus declaraciones justificatorias tres días después en Las Margaritas, Chiapas. Si se está hablando de estado de derecho, resulta totalmente inverosímil que en menos de 24 horas se integre la averiguación previa, se identifique a los autores, se constituyan las pruebas suficientes para que el juez pueda expedir las órdenes de aprehensión y cateo y se avise a la fuerza pública para que arme un operativo de más de mil elementos.

Los zapatistas niegan rotundamente su participación en esa y en otras emboscadas, pero no es necesario creer a pie juntillas todo lo que dice el EZLN para darse cuenta de lo insostenible de los argumentos gubernamentales. Leyendo las declaraciones de los funcionarios chiapanecos, parece que la irrefutable evidencia para imputar este crimen a los zapatistas es que los agredidos eran priístas y que los agresores iban encapuchados. Lo segundo obviamente no vale la pena ni el comentario. En cuanto a lo primero, es claro que el hecho de que un priísta sea asesinado no implica automáticamente que el asesino sea un miembro de la oposición. Si alguna duda queda, basta mencionar los nombres de Luis Donaldo Colosio y José Francisco Ruiz Massieu.

 

4) Los que hablan de medidas preventivas necesarias para (como lo dijeron Roberto Albores y Emilio Rabasa) evitar que se repita otro Acteal.

Aunque parezca que esta argumentación es tan grotesca que ni siquiera hay que detenerse en ella (Ƒacaso fueron los zapatistas los que asesinaron a 45 indígenas, mayoría de mujeres y niños, mientras oraban por la paz en Acteal?), vale la pena plantearla porque aquí se demuestra, más allá de toda duda, la parcialidad política con la que se aplica la ley en Chiapas.

Asumiendo la tesis gubernamental de que la matanza de Acteal fue resultado de conflictos intra e intercomunitarios, se tendría que decir que lo mismo sucede en El Bosque: una parte de la población (minoritaria, según los resultados electorales de 1995 y 1998) 2 apoyaba al ayuntamiento constitucional. Otra gran parte apoyaba al municipio autónomo. Hasta ahí habría un paralelismo.

Pero en Chenalhó existe la evidencia (avalada hasta por la PGR) de que 45 personas fueron masacradas por un grupo armado de filiación priísta. En Chenalhó existen múltiples denuncias, antes y después de la matanza de Acteal, de hostigamiento y de tráfico y posesión de armas. Sin embargo en Chenalhó no se ha realizado ningún operativo del tipo del de El Bosque para detener y desarmar a los grupos civiles armados. A pesar de las detenciones individuales, siguen operando esos grupos, como lo muestra el último desplazamiento de Abejas ocurrido en el mes de noviembre.

En este caso, así como en el del grupo paramilitar Paz y Justicia, que opera en la región ch'ol del estado, las autoridades proceden con una cautela que brilló por su ausencia en el caso de El Bosque.

 

5) Finalmente está el objetivo del operativo que hizo constar el notario que ex profeso lo acompañó: "reinstalar en sus funciones al ciudadano presidente municipal constitucional del lugar". 3

Ahora bien, es evidente que este objetivo es de tipo político. En El Bosque existía una clara división entre una minoría (según consta por los resultados electorales ya comentados) que apoyaba al priísta designado como presidente municipal constitucional y una mayoría que decidió abstenerse en las elecciones. Toda o parte de esta mayoría decidió apoyar al municipio autónomo. Esté uno de acuerdo o no con el abstencionismo de los zapatistas, la falta de confianza en las elecciones es uno de los factores que llevaron a la insurrección de 1994. Suponiendo sin conceder que esta acción hubiera estado bien fundamentada legalmente, es un mero despropósito pretender que actuar penalmente en un caso político como este no equivale a solucionar con el uso de la fuerza el conflicto que se inició en Chiapas el 1o. de enero de 1994, que la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas estipula debe resolverse mediante el diálogo, "a través de un acuerdo de concordia y pacificación". 4

Pero como decía el oráculo de la comunicación televisiva, aún hay más.

Suponiendo, otra vez sin conceder, que todas las órdenes de aprehensión en las que pretendió fundamentarse el operativo del 10 de junio, hubieran tenido validez jurídica, resulta que de las 53 personas detenidas ese día, ninguna estaba comprendida en las susodichas órdenes de aprehensión. Suponiendo que la ruptura del estado de derecho en El Bosque realmente hubiera exigido un operativo como el que se llevó a cabo, el operativo que en efecto se realizó no restauró el estado de derecho y sí en cambio generó nuevos hechos ilícitos y mayores violaciones de derechos humanos, que ocasionaron entre otros daños la pérdida de 10 vidas.

 

La estrategia de pan o palo

 

Después del operativo policiaco-militar con su secuela de muertos, detenidos y comunidades ocupadas por la fuerza pública, se abrió una nueva etapa en el caso de El Bosque. En ella la estrategia del gobierno dio un giro aparentemente contradictorio pero en el fondo plenamente congruente con su estrategia global. En la primera fase (antes y durante el operativo) el gobierno pretendió resolver con todo el rigor de la ley lo que en realidad era un problema político (y que la Ley para el Diálogo ordenaba que se tratara como tal), y en esta segunda fase dejó a una lado el rigor de la ley para darle un tratamiento político a lo que debería ser legal.

Tras el operativo las autoridades tuvieron que asumir los procesos penales de los detenidos tanto como la atención a una recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos 5 que tocaba el punto de la reparación económica de daños, tanto a los deudos de los muertos, como de las víctimas de los robos que llevó a cabo la fuerza pública en casas particulares y tiendas comunitarias. Los indígenas de El Bosque contaron para esto con la asesoría y gestión jurídica de dos ONG: los centros de derechos humanos Miguel Agustín Pro y Fray Bartolomé de las Casas.

La estrategia del gobierno consistió básicamente en: 1) Sabotear la asesoría de los centros de derechos humanos, haciendo correr entre los ofendidos el rumor de que no estaban atendiendo realmente su caso. 2) Tratar de cooptar al líder de la comunidad que fungía como el presidente del municipio autónomo. 3) Tratar de llegar a un arreglo económico con los reclamantes, que apareciera como apoyo y no como indemnización, de modo que el gobierno no tuviera que admitir ninguna responsabilidad en la violación de derechos humanos y garantías constitucionales. 4) No permitir llegar a la instancia judicial los casos de policías y otros funcionarios públicos acusados de diversos delitos, sino resolver en la instancia del Ministerio Público que no había elementos para proceder en su contra, y 5) Liberar a los detenidos mediante un acto político, no permitiendo que en los procesos se esclareciera su probable inocencia ni la probable culpabilidad de servidores públicos.

Esta estrategia ha resultado parcialmente exitosa para el gobierno. Utilizando un planteamiento que este centro ha documentado ampliamente en varios informes: a sus víctimas (Ƒde qué otro modo podría llamárseles?) les ofrece algún beneficio material si dejan de lado sus denuncias y reivindicaciones y las amenaza con mayores perjuicios en caso de perseverar en su posición. Esta estrategia tiene, desgraciadamente, una larga tradición en México, y fue bautizada por uno de sus principales impulsores, el dictador Porfirio Díaz, como la estrategia de pan o palo: te doy lo que quieras (en realidad, lo que yo quiera) si abandonas tu partido, pero te atienes a las consecuencias si insistes en ser independiente. Así por ejemplo al entonces presidente municipal autónomo se le amenazó con ejecutar órdenes de aprehensión en su contra, pero si abandonaba el zapatismo y colaboraba con el gobierno no tendría ningún problema. El antiguo líder fue cooptado y fue uno de los principales instrumentos para promover las ofertas del gobierno entre los presos y los demás miembros de la comunidad. Estos últimos, en general han resistido frente a las pretensiones del gobierno, pero los presos aceptaron el trato. Salieron de la cárcel y se convirtieron en promotores del PRI, sembrando división en su comunidad.

Cabe mencionar que prácticamente todos los recursos y programas que los gobiernos federal y estatal publicitan como prueba de su voluntad de atender los problemas de Chiapas están manchados por este planteamiento. Si, por un imposible, el gobierno lograra recuperar el control de las comunidades y dejar sin bases de apoyo a los zapatistas y sin miembros a las organizaciones independientes, no con el uso directo de la fuerza, como en el operativo de El Bosque, sino a través de este sistema de chantaje y distribución clientelar de recursos, quizá se podría decir, estirando y deformando el sentido natural de las palabras, que restauró la paz en Chiapas. Lo que definitivamente no se podría decir nunca, por más que se retorciera el sentido del lenguaje, es que hubiera logrado una paz digna.*

 

Notas

 

1. Este vehículo fue usado después por la Comisión Nacional de Derechos Humanos para regresar los cuerpos.

2. Según datos oficiales, en las elecciones municipales de 1995 sólo votaron mil 798 de los 6 mil 576 empadronados, lo que significa una abstención de 72.43%. El PRI ganó dichas elecciones con 19% del total del padrón electoral. En 1996 el total del padrón electoral fue de 6 mil 738 personas y en las elecciones municipales de 1998 votaron 2 mil 188 personas, mil 521 para el PRI y 667 para el PT. Nuevamente el PRI ganó las elecciones con los votos de ni siquiera un cuarto del padrón electoral.

3. Edgardo Robles Sasso, Notario Público 19, año 1998, núm. 4016, vol. 68, página 1

4. Artículo 1.

5. Por cierto una atención muy parcial a una recomendación de por sí también parcial.